MEJORAS DE LA EFICIENCIA ENERGÉTICA.

 

El pasado 19 de octubre de 2022 se publicó en el Boletín Oficial del Estado el Real Decreto-ley 18/2022, por el que se aprueban medidas de refuerzo de la protección de los consumidores de energía y de contribución a la reducción del consumo de gas natural, en virtud del cual se amplía, hasta el 31 de diciembre de 2023, la posibilidad de realizar obras de mejora de la eficiencia energética de las viviendas y, que dichas inversiones, puedan reducir la carga fiscal en nuestra declaración de la Renta.

Las posibles deducciones se materializan en tres clases de obras, todas con la finalidad de reducir el impacto y consumo energético en las viviendas habituales.

A continuación les nombramos dos de las que podría beneficiarse ya que la tercera opción pertenece al tipo de obras de edificaciones residenciales o comunidades de propietarios.

{
{

DEDUCCIONES POR TIPO DE OBRAS.

 

 

/ Obras para la reducción de la demanda de calefacción y refrigeración.

Destinada a viviendas habituales o alquiladas (antes del 31 de diciembre de 2024), que no estén afectas a una actividad económica, dónde se realicen obras que reduzcan, como mínimo, el 7% de la demanda de calefacción y refrigeración. Las obras deben finalizarse antes del 1 de enero de 2024, y se acreditará mediante el Certificado de Eficiencia Energética emitido por un técnico competente. La deducción puede alcanzar hasta el 20% de los gastos soportados, teniendo 5.000'€ como límite máximo.

 

/ Obras para la mejora en el consumo de energía primaria no renovable (gas, petróleo y carbón).

Deducción igualmente destinada a viviendas habituales o alquiladas (antes del 31 de diciembre de 2024), que no estén afectas a una actividad económica, dónde se realicen obras que reduzcan, como mínimo, un 30% el consumo energético. Como en el caso anterior, las obras deben finalizar antes del 1 de enero de 2024 e igualmente es necesario para la acreditación de la mejora en el consumo energético del Certificado de Eficiencia Energética. En este caso, la deducción podrá alcanzar el 40% de los gastos realizados, con el límite máximo de 7.000’€.

POSIBLES SOLUCIONES.

 

Algunas de las soluciones que se pueden implementar en las obras de su vivienda para reducir la demanda energética pueden ser:

/ Mejora del aislamiento térmico (fachadas, techos o suelos)
/ Instalación o sustitución de ventanas por las de tipo climalit.
/ Sustitución de los equipos de aire acondicionado por otros de mayor eficiencia y bajo consumo.
/ Instalación de paneles solares.
/ Intalación de termostatos que permitan ajustar el consumo de calefacción.

 

Este tipo de medidas, junto a otras que favorecen la inversión en este ámbito, como las bonificaciones en el Impuesto sobre Bienes Inmuebles (entre el 40% y el 60% ) que la gran mayoría de municipios ofrecen a aquellas viviendas dónde se instalen sistemas para el aprovechamiento térmico o eléctrico; o hasta un 95% de bonificación en el caso del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras, dejan patente la intención del legislador de fomentar e incentivar la disminución del consumo energético y su adecuación hacía un entorno más sostenible.

Cabe recordar que desde Abahana disponemos de profesionales altamente cualificados para analizar su caso concreto, velar por sus intereses y dar cumplimento a sus obligaciones fiscales de la forma más eficiente.

Obtenga más información contactando con su responsable comercial para las mejoras de eficiencia energética de su propiedad, o con nuestro departamento fiscal para la deducción de dichas obras.

{