¿Qué saber?
En España tenemos diferentes divisiones territoriales de la Administración Pública: estatal, autonómico, provincial y municipal.
En lo que respecta a las competencias referentes a la regulación normativa de la vivienda y su gestión o explotación, se trata de un aspecto cuya competencia está derivada a las Comunidad Autónomas, en nuestro caso, la Comunidad Valenciana.
La normativa autonómica aplicable se aglutina en las siguientes disposiciones normativas:
- Ley de turismo, ocio y hospitalidad (Ley 15/2018),
- Disciplina turística (Decreto 15/2020),
- Reglamento regulador del alojamiento turístico (Decreto 10/2021),
- Regulación del Registro de Turismo (Decreto 1/2022).
Las viviendas turísticas son definidas por la normativa como aquellos inmuebles completos que se alquilan de forma habitual con fines turísticos, vacacionales o de ocio, a través de internet u otros sistemas de nuevas tecnologías.